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REGLAMENTO DE EXPLOSIVOS (España) |
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REAL DECRETO 230/1998 DEL 16 DE FEBRERO, B.O.E. 12 MARZO 1998. |
Instrucción técnica complementaria número 20.
Documentación requerida en razón a la seguridad ciudadana.
1. Guía de circulación.
La guía de circulación de materias reglamentadas cuyo modelo será confeccionado por la Guardia Civil queda modificada con respecto a la actualmente en vigor en los siguientes aspectos:
El campo (condiciones de seguridad y vigilancia) se sustituye por (Plan de seguridad realizado por la empresa .........................................).
Inmediatamente detrás de (Clase y denominación del producto) se consignará, número.
El punto (Guarda, Vigilante Jurado de Seguridad) queda sustituido por (Vigilante de Seguridad de Explosivos).
2. Libros diarios y partes mensuales.
Quedan modificados con respecto a los actualmente en vigor en el sentido de que en ambos deben figurar los números de control de los productos explosivos.
3. Informatización de libros y documentos.
Las empresas pueden presentar ante la intervención Central de Armas y Explosivos modelos informatizados de éstos documentos, que en caso de merecer su aprobación los autorizará para su utilización.
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REGLAMENTO DE EXPLOSIVOS (España) |
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REAL DECRETO 230/1998 DEL 16 DE FEBRERO, B.O.E. 12 MARZO 1998. |